{"id":382,"date":"2020-10-29T17:41:00","date_gmt":"2020-10-29T22:41:00","guid":{"rendered":"http:\/\/epacartagena.gov.co\/web\/?p=382"},"modified":"2021-06-04T12:26:37","modified_gmt":"2021-06-04T17:26:37","slug":"alcalde-delega-nuevas-funciones-al-epa-cartagena","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/epacartagena.gov.co\/web\/alcalde-delega-nuevas-funciones-al-epa-cartagena\/","title":{"rendered":"Alcalde delega nuevas funciones al EPA Cartagena."},"content":{"rendered":"\n<p>EPA Cartagena tendr\u00e1 la coordinaci\u00f3n de las actividades de control y vigilancia que se vienen adelantando sobre los cuerpos de agua de la ciudad a trav\u00e9s del grupo Ecobloque.<\/p>\n\n\n\n<p>Cartagena 29 de octubre. Por delegaci\u00f3n del alcalde Mayor de la ciudad, William Dau Chamat, el Establecimiento P\u00fablico Ambiental, EPA Cartagena, tiene nuevas facultades tendientes a la protecci\u00f3n y conservaci\u00f3n del ambiente en el Distrito.<\/p>\n\n\n\n<p>Esas nuevas facultades est\u00e1n contenidas en el Decreto 1338 del 19 de octubre de 2020, mediante el cual el Alcalde delega al EPA Cartagena algunas funciones en material ambiental, especialmente para darle cumplimiento a varias sentencias judiciales que ordenan una serie actividades tendientes a la protecci\u00f3n del ambiente, espec\u00edficamente en la Bah\u00eda de Cartagena.<\/p>\n\n\n\n<p>Debido a este nuevo Decreto, el EPA Cartagena debe determinar acciones para darle cumplimiento a la sentencia de acci\u00f3n popular del 29 de junio de 2012 del Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Cartagena que declar\u00f3 probado el da\u00f1o ecol\u00f3gico sobre la bah\u00eda de Cartagena producto del derrame qu\u00edmico generado por la Empresa Dow Qu\u00edmica,&nbsp; y la&nbsp; Sentencia de la Corte Constitucional T 080 de 2015, promulgar y orientar a las dependencias y entidades del Distrito Capital, regidas por la Ley 909 de 2004.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed mismo, debe coordinar las acciones para&nbsp; cumplir con la sentencia del Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Secci\u00f3n Primera, del 21 de agosto de 2020, respecto al medio de control de protecci\u00f3n de los derechos e intereses colectivos, sobre la Bah\u00eda de Cartagena.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n se le concede al EPA Cartagena la coordinaci\u00f3n con las distintas autoridades locales, con jurisdicci\u00f3n en este Distrito, de las actividades de control y vigilancia que se vienen adelantando sobre los cuerpos de agua de la ciudad mediante el grupo de trabajo denominado Ecobloque.<\/p>\n\n\n\n<p>Entre sus nuevas funciones, al EPA Cartagena le corresponde asesorar y apoyar al Alcalde y las distintas dependencias de la Alcald\u00eda en el cumplimiento de las normas generales en materia ambiental, que no correspondan a competencias de otras autoridades.<\/p>\n\n\n\n<p>De igual manera, debe asesorar y apoyar t\u00e9cnicamente a las entidades del Distrito, en materia ambiental, conforme con la normativa vigente y a los lineamientos impartidos por el Alcalde y realizar las gestiones pertinentes encaminadas al cumplimiento de las funciones del Distrito en materia ambiental, de acuerdo con el art\u00edculo 65 de la Ley 99 de 1993.<\/p>\n\n\n\n<p>El establecimiento ambiental tiene ahora la misi\u00f3n de coordinar, participar y gestionar la elaboraci\u00f3n del planes&nbsp; requeridos&nbsp; para el cumplimiento de las funciones objeto de delegaci\u00f3n, con las distintas autoridades locales, regionales y nacionales como con las dependencias y entidades descentralizadas del Distrito; al igual que expedir directrices a las dependencias y entidades del Distrito para la debida gesti\u00f3n ambiental en Cartagena.<\/p>\n\n\n\n<p>En virtud de las nuevas funciones, el EPA Cartagena representar\u00e1 al Alcalde en las reuniones que se requieran para el cumplimiento de las funciones y competencias delegadas, y debe asesorar a las entidades distritales en los procesos de selecci\u00f3n de contratistas cuando se trate de bienes, obras y servicios de orden ambiental y relacionado con funciones y competencias del Distrito.<\/p>\n\n\n\n<p>El nuevo Decreto proh\u00edbe al EPA Cartagena celebrar contratos o convenios u ordenar gastos relacionados con actuaciones que no le hayan sido delegadas, subdelegar en otros funcionarios la facultad aqu\u00ed delegada, celebrar contratos de empr\u00e9stito, expedir reglamentos, asumir funciones que por su naturaleza o por mandato constitucional o legal no son susceptibles de delegaci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>EPA Cartagena tendr\u00e1 la coordinaci\u00f3n de las actividades de control y vigilancia que se vienen adelantando sobre los cuerpos de agua de la ciudad a trav\u00e9s del grupo Ecobloque. 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