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Código de integridad

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CÓDIGO ÚNICO DE INTEGRIDAD

ESTABLECIMIENTO PÚBLICO AMBIENTAL EPA CARTAGENA

ACTUALIZACIONES DEL CÓDIGO DE INTEGRIDAD EN 2022

MARCO LEGAL

  • Constitución Política de Colombia, artículos 122, 126 y 209.
  • Ley 1437 de 2011, Por la cual se expide el Código de
    Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo,
    artículos 11 y 12.
  • Ley 1564 de 2012, Por medio del cual se expide el Código General del Proceso, artículo 141.
  • LEY 734 DE 2002, Art 40. Derogado a partir de 1 de julio de 2021, por el Art 261 de la Ley 1925 de 2019 y Art 11 del Código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo, donde se establece que “Todo servidor público deberá declararse impedido para actuar en un asunto cuando tenga interés particular y directo en su regulación, gestión, control o decisión, o lo tuviere su conyugue, compañero o compañero permanente o alguno de sus parientes, dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, o primero civil, o socios de hecho o de derecho, cuando el interés general propio de la función pública entra en conflicto con el interés particular y directo del servidor público.
  • LEY 734 DE 2002, Art 40. Derogado a partir de 1 de julio de 2021, por el Art 261 de la Ley 1925 de 2019 y Art 11 del Código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo, donde se establece que “ Todo servidor público deberá declararse impedido para actuar en un asunto cuando tenga interés particular y directo en su regulación, gestión, control o decisión, o lo tuviere su conyugue, compañero o compañero permanente o alguno de sus parientes, dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, o primero civil, o socios de hecho o de derecho, cuando el interés general propio de la función pública entra en conflicto con el interés particular y directo del servidor público.
  • Conflicto de interés: Son aquellas situaciones en las que el juicio de un sujeto, en lo relacionado a un interés primario para él o ella, y la integridad de sus acciones, tienden a estar indebidamente influenciadas por un interés secundario, el cual frecuentemente es de tipo económico o personal.
  • Impedimento: Aquel obstáculo, dificultad o evento que se opone al desarrollo de una actividad. Aplicado al ejercicio de la función pública en general y de la administrativa en particular, implica que la persona que está ejerciendo funciones públicas no puede ejercerlas en determinadas situaciones o circunstancias, como, por ejemplo, en los asuntos que aquella o sus parientes cercanos tengan interés directo, etc.
  • Recusación: Impedimento formulado por un tercero que se encuentre inmerso en un conflicto determinado.

VALORES

Honestidad

  • Realizar anualmente el reporte y cargue de la declaracion de Bienes y rentas de servidor publico, en las plataformas del DAFP

ACCIONES PARA IMPLEMENTAR

FASES DE LA IMPLEMENTACIÓN

  • Se asigna el lider de Integridad, que será uno de los integrantes del equipo.
  • Se conforma el equipo de integridad, que deberá estar integrado por el lider de planeación y dos funcionarios del Nivel Directivo de la entidad, con el apoyo de contratistas.

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EPA Cartagena
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